Se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución por la que se conceden las subvenciones destinadas a escuelas que imparten enseñanzas no formales de música o música y artes escénicas, correspondientes a la convocatoria del ejercicio 2025.
La resolución recoge tanto las subvenciones concedidas como las solicitudes denegadas o excluidas, y produce efectos desde el día siguiente a su publicación en el DOGV, poniendo fin a la vía administrativa.
Conviene recordar que, de acuerdo con la normativa reguladora de estas ayudas y con la legislación general de subvenciones, el importe de la subvención concedida nunca puede superar el déficit real de la actividad subvencionada, ni exceder su coste efectivo, ya sea de manera aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos. Este aspecto resulta especialmente relevante a la hora de analizar posibles minoraciones, exclusiones o ajustes del importe concedido.
Frente a la resolución publicada, las entidades interesadas pueden optar por interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien acudir directamente a la vía judicial mediante recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en los términos y ante los órganos previstos en la normativa aplicable.
Desde nuestro despacho ofrecemos a nuestros clientes asesoramiento especializado para el análisis individualizado de la resolución, así como para la preparación e interposición de los recursos que, en su caso, procedan.
Se informa expresamente de que los servicios de asesoramiento y la interposición de recursos están sujetos a honorarios profesionales, que serán previamente comunicados al cliente.
Para cualquier aclaración adicional o para solicitar asesoramiento, podéis contactar con nuestro equipo a través de los canales habituales.

