La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha publicado la Resolución de 25 de julio de 2025, mediante la cual se aprueban las bases reguladoras y se convoca la línea de ayudas dirigida a escuelas que imparten enseñanzas no formales de música y de música y artes escénicas, gestionadas por entidades locales o privadas sin ánimo de lucro en la Comunitat Valenciana.
El programa cuenta con un presupuesto de 11,29 millones de euros para el ejercicio 2025, destinado a apoyar los gastos de actividad escolar del curso 2024-2025 y garantizar la continuidad de estos espacios de formación cultural y artística.
Plazos y forma de presentación
Las solicitudes podrán presentarse del 30 de julio al 5 de septiembre de 2025, exclusivamente por vía telemática a través de la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana (https://sede.gva.es) o mediante el enlace directo al procedimiento.
Documentación a presentar
Las entidades deberán cumplimentar y adjuntar los siguientes anexos obligatorios:
• Anexo II: Uso de instalaciones.
• Anexo III: Gastos de funcionamiento.
• Anexo IV: Relación nominal del alumnado matriculado.
• Anexo V: Ingresos.
Además, deberán aportar documentación adicional, como:
• Certificado de la entidad acreditando disponer de los informes sobre delitos sexuales de todo el personal que trabaja con menores (art. 57 de la Ley 8/2021).
• Documentación sobre la compatibilidad del personal docente que también trabaje en la administración pública y declaración jurada del resto del personal.
• Certificado de las instalaciones utilizadas (y autorización si se trata de centros públicos o instalaciones no registradas).
• Contratos laborales o llamamientos del curso 2024-2025, diferenciando horas lectivas y de gestión.
• Informes de vida laboral, relación de nóminas y cotizaciones a la Seguridad Social (docentes y no docentes), con justificantes de pago.
• Horario individual del profesorado (referencia noviembre).
• Programación general anual del curso 2024-2025.
• Titulaciones del profesorado de nueva incorporación.
• Relación y justificación de gastos de funcionamiento, con facturas, justificantes de pago y desglose por partidas.
Gastos subvencionables
Las ayudas podrán destinarse a financiar, entre otros conceptos:
• Sueldos del personal docente (docencia, gestión y actividades complementarias).
• Gastos de funcionamiento, como suministros, material, reparaciones y alquiler de instalaciones.
• Personal no docente y profesorado especialista vinculado al centro.
¿Necesitas ayuda con la tramitación?
En Ruiz&Monrabal Abogados ofrecemos a todas las entidades que tienen contratado con nosotros la gestión laboral la posibilidad de ocuparnos de la presentación de la solicitud completa y de toda la tramitación, así como servicio de asesoramiento especializado para aquellas que necesiten apoyo puntual durante el proceso.
Nuestro equipo se encarga de revisar la documentación, gestionar los modelos y anexos requeridos, y garantizar que el expediente se presente de forma correcta y en plazo, para maximizar las posibilidades de obtención de la ayuda.

