El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 18 meses de prisión y una multa de 750 euros a una mujer que ofertó un piso en alquiler en internet que no era suyo.
La Audiencia Provincial de Madrid y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya habían condenado a la mujer por estos hechos, y ahora el Supremo ratifica la sentencia. En este caso, la mujer publicó un anuncio en una página web ofreciendo un piso en alquiler a un precio atractivo. El perjudicado vio el anuncio y, atraído por el precio, contactó con la mujer y le transfirió 750 euros en concepto de fianza. Sin embargo, cuando el perjudicado fue a ver el piso, se dio cuenta de que había sido víctima de una estafa.
El piso no estaba en alquiler y las fotografías del DNI que la mujer le había enviado correspondían a la víctima de otra estafa.
El Tribunal Supremo considera que la mujer cometió un delito de estafa agravada de vivienda. El tribunal señala que la mujer actuó con «evidente ánimo de lucro» y que se aprovechó de la «necesidad de vivienda» del perjudicado. Además, el tribunal destaca que la mujer utilizó internet para «difundir su anuncio a un gran número de personas», lo que «facilitó la comisión del delito».
La sentencia del Tribunal Supremo es un importante aviso para aquellos que intentan estafar a otras personas mediante la publicación de anuncios falsos de alquiler de viviendas en internet. El tribunal deja claro que este tipo de conductas no serán toleradas y que serán castigadas con todo el rigor de la ley.
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