04/30/2021

Aprobado el texto de la Ley que refunde las 28 modificaciones en materia concursal desde 2003

Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en 28 ocasiones, lo que ha generado incongruencias en su texto, problemas interpretativos y una alteración sistemática de su contenido que habían derivado en un problema de seguridad jurídica.
El texto refundido aprobado busca la preparación de la norma para su futura actualización con la incorporación en un futuro inmediato de la Directiva europea sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.
752 artículos divididos en tres libros
También permite poner en marcha futuras reformas normativas para paliar los efectos económicos sobre las empresas que pueda generar la actual crisis del COVID-19, que podrán sumarse a las medidas excepcionales ya adoptadas en el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril.
El texto de la Ley Concursal hasta ahora vigente consta de 242 artículos agrupados en 10 títulos. El nuevo texto refundido cuenta con un total de 752 artículos divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho preconcursal y derecho internacional privado. [Más información…]

Vicente Ruiz - 17:31:21 @ Artículos | Agregar un comentario

04/29/2021

EL TRIBUNAL SUPREMO SE PRONUNCIA A FAVOR DE LOS TRANSPORTISTAS EFECTIVOS FRENTE AL IMPAGO DE LOS CARGADORES

Una nueva sentencia favorable respecto de la controversia surgida ante el impago de los transportistas efectivos, tras entrar en concurso de acreedores un intermediario. Dicha lucha judicial frente a los cargadores, llevada por nuestra compañera Mª Jesús Lara Sánchez, derivó en la interposición de múltiples reclamaciones judiciales de los transportistas, para recuperar el coste de sus servicios. Tras varias sentencias favorables en la Audiencia de Valencia, Barcelona y ……. , ahora el TRIBUNAL SUPREMO ratifica los pronunciamientos favorables anteriores, y falla a favor del cliente, el transportista efectivo.
Con esta sentencia, el despacho RUIZ&MONRABAL ABOGADOS SL, logra asentar su posicionamiento jurídico inicial, al entender que el cargador debe de responder del pago de los portes, al transportista efectivo, sin que pueda abstenerse de hacerlo, incluso habiendo abonado dichos costes al intermediario, ya que responde solidariamente frente a aquél. [Más información…]

Vicente Ruiz - 12:10:51 | Agregar un comentario